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27 noviembre, 2024

Senado: el kirchnerismo intenta nombrar jueces a cuatro candidatos que no integraron ternas elegidas por el Consejo de la Magistratura

En una maniobra sin precedentes, el presidente Alberto Fernández propuso a cuatro candidatos a jueces por afuera de las ternas que le elevó el Consejo de la Magistratura, quienes tienen el aval de distintos sectores del kirchnerismo.

La maniobra, que viola la Constitución Nacional, ya obtuvo el repudio de la oposición y ahora se sumaron las ONGs que integran la Red de Entidades por la Justicia Independiente de Argentina (REJIA).

A dos meses de dejar el Gobierno, el jefe de estado mandó 15 candidatos, que podía ser impugnados hasta el viernes pero cuatro de ellos no estaban en las ternas si en listas complementarias que solo se usan cuando renuncian miembros de las tríadas que ganaron el concurso en el Consejo de la Magistratura.

Se trata de los candidatos María Stupenengo, Juan Rafael Stinco, Gabriel Gonzalo Rey y María Laura Manin. Stinco es apoyado por el gobernador bonaerense Axel Kicillof y Stinco por el ministro del Interior y dirigente de La Cámpora, Wado de Pedro.

En una nota dirigida a la vicepresidenta Cristina Kirchner REJIA, explicó que esas propuestas están en “contravención a lo establecido en los artículos 99 inc. 4 y 114 inc. 2 de la Constitución Nacional”. Por lo tanto, el Senado debería rechazar tales postulaciones y las devuelva al Poder Ejecutivo para que oportunamente realice una nueva propuesta conforme a las disposiciones de la Constitución.

Los artículos citados regulan el mecanismo para la elección de los jueces y juezas de los tribunales inferiores de la Nación. Así, el art. 99 inc. 4 establece que el Presidente nombra a los jueces de los tribunales federales inferiores en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado. A su vez, el art. 114 inc. 2 determina que el Consejo de la Magistratura de la Nación emite las propuestas en ternas vinculantes.

Se trata de los siguientes expedientes:

1. Expediente PE-86/23 AC, que solicita el acuerdo para la designación de la Dra. María Stupenengo como jueza del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nro. 6 de la Capital Federal. La Dra. Stupenengo no integró ninguna terna elevada por al Consejo de la Magistratura, sino que se encontraba en el primer lugar de la lista complementaria y fue seleccionada de esa lista sin motivo alguno que habilitara a apartarse de la regla constitucional.

2. Expediente PE-83/23 AC, que solicita el acuerdo para la designación del Dr. Juan Rafael Stinco como juez del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 7 de la Capital Federal. El Dr. Stinco no integraba ninguna terna elevada por el Consejo de la Magistratura, sino que fue seleccionado de la lista complementaria, desestimando a los postulantes que si integraban las ternas del respectivo concurso. Adicionalmente, el Dr. Stinco fue designado en el año 2021 a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal Nro. 3 de la Capital Federal, lo que lo debería haber desvinculado de seguir participando en otros procesos de selección en trámite, conforme lo establece el art. 50 del Reglamento de Concursos del Consejo de la Magistratura.

3. Expediente PE-79/23 AC, que solicita el acuerdo para la designación del Dr. Gabriel Gonzalo Rey como juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. El Dr. Rey fue seleccionado de la misma terna para la cual se solicitó el acuerdo del Dr. Leonardo Fillia en el Expediente PE-63/22. Es decir, el Poder Ejecutivo seleccionó a dos candidatos de una misma terna, cuando el Consejo de la Magistratura elevó dos ternas para la cobertura de dos cargos de juez, debiendo haber elegido a un candidato de cada terna según lo establece la Constitución Nacional.

4. Expediente PE-73/23 AC, que solicita el acuerdo para la designación de la Dra. María Laura Manin como jueza de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. La Dra. Manin no integró ninguna terna elevada por al Consejo de la Magistratura, sino que se encontraba en el segundo lugar de la lista complementaria y fue seleccionada de esa lista sin motivo alguno que habilitara a apartarse de la regla constitucional.

La Constitución Nacional, reformada en este punto en 1994, con la finalidad de profesionalizar y limitar la influencia de la política partidaria en el proceso de selección de jueces, instaura un mecanismo de concursos públicos para la selección aquellos aspirantes que resulten más idóneos para integrar los tribunales inferiores de la Nación.

“La composición de ternas vinculantes es el método que asegura y protege el citado principio de idoneidad. Ello por cuanto limita al Poder Ejecutivo a tener que elegir a un candidato o candidata de entre los mejores postulantes, quienes son los que integran la terna como resultado del referido concurso”, recordó REJIA.

De continuar “con el trámite de los expedientes descriptos precedentemente el Honorable Senado de la Nación estaría violando la naturaleza y finalidad del sistema de concursos públicos incorporado a nuestra Constitución Nacional”, advirtió.

La nota la firman las entidades Acción Conjunta Republicana, María Bunge; CADAL, Sybil Rhodes; Contadores Forenses, Alfredo Popritkin; Entre Ríos Sin Corrupción: Fabiana Cian; Asociación Civil Río Paraná, Alberto Cohan; Instituto de Altos Estudios de Derecho de la Provincia de Mendoza, Roberto Uliarte; Justa Causa, Luis Cevasco; Profesores Republicanos Guillermo Mizraji y Marta Nercellas; Será Justicia Asociación Civil, Raúl Aguirre Saravia, los abogados. Daniel Sabsay, Martín Casares y Ricardo Guibourg y FORES.

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