El legislador de la Coalición Cívica cuestiona la modificación de la norma, argumentando que debilita la protección ambiental y transfiere poder a las provincias sin resolver conflictos interjurisdiccionales.
El diputado nacional Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) afirmó que, de convertirse en ley, la reforma a la Ley de Glaciares que se debatirá en la Cámara Baja será judicializada por considerarla inconstitucional, al vulnerar, según su visión, los presupuestos mínimos de protección ambiental.
En una entrevista, Ferraro detalló sus objeciones al proyecto. En primer lugar, sostuvo que la modificación representa un “retroceso regresivo e innecesario” que altera de manera encubierta el espíritu del artículo 41 de la Constitución Nacional, el cual establece la necesidad de leyes de presupuestos mínimos para la protección del medio ambiente.
En segundo término, el legislador rechazó el argumento de que la ley vigente frena el desarrollo minero. Citó datos que indican que las inversiones en el sector crecieron un 270% entre 2015 y 2025 bajo la normativa actual, en comparación con el período 2001-2009, cuando no existía la ley.
Ferraro también cuestionó el origen de la reforma, sugiriendo que “pareciera estar claramente redactada por el regulado”, en referencia a empresas mineras, y no por el Estado como regulador. Puso como ejemplo el artículo 3 bis, que establece una protección condicional de los ambientes glaciares y periglaciares “hasta que” las autoridades determinen que no son reservas hídricas estratégicas.
Uno de sus puntos centrales de crítica es el debilitamiento del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). La reforma transferiría a las provincias la autoridad de aplicación para determinar qué áreas tienen relevancia hídrica y, por lo tanto, deben protegerse. “¿Quién va a hacer los estudios de impacto ambiental? ¿Las provincias o las mismas empresas?”, se preguntó Ferraro, advirtiendo sobre un posible “dumping ambiental” debido a la falta de un criterio uniforme a nivel nacional.
Respecto a la argumentación sobre la seguridad jurídica y la soberanía provincial sobre los recursos naturales (artículo 124 de la Constitución), el diputado reconoció el dominio originario de las provincias, pero recordó que los recursos hídricos que nacen en áreas glaciares comprometen a múltiples jurisdicciones. Señaló que el proyecto no soluciona este problema de interjurisdiccionalidad.
Finalmente, Ferraro propuso que, si el objetivo es la seguridad jurídica, se fortalezca al IANIGLA como organismo científico rector, en lugar de que el Estado nacional se retire y deje la última palabra en manos de los gobernadores.
