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26 noviembre, 2024

Qué pasa si no voto en La Rioja: quiénes no están obligados a votar en las Elecciones 2023

En La Rioja, votar es obligatorio en las Elecciones Generales de octubre para las personas entre 18 y 70 años. Sin embargo, hay personas que están exentas de asistir a los comicios, ya sea por enfermedad (debe ser comprobada con un justificativo médico), por actividad laboral de jueces y auxiliares o quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar donde deben votar.

No obstante, estar lo suficientemente alejado de la sede de votación el día de los comicios no basta como motivo para evitar una posible sanción económica. Para ello, hay que enviar los comprobantes ante la Justicia Electoral hasta 60 días después de los comicios para que no exista una deuda en el Registro de Infractores.

Elecciones en La Rioja: qué pasa en caso de enfermedad

Lo mismo ocurre para las personas que estén enfermas el día de las elecciones. Para que no se registre una infracción, se debe llamar a un médico del servicio de sanidad nacional para que asista al lugar y verifique el estado de salud. Le entregará a ciudadano un certificado que hay que presentar ante la Justicia Electoral.

Elecciones 2023: quiénes están exentos de votarElecciones 2023: quiénes están exentos de votarSegún especifica la Ley 26.774 en su Artículo 12, quienes no están obligados a votar son:

Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;

Los menores de 18 años y las personas mayores de 75. Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);

El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

Elecciones 2023: ¿Cómo votar estando en el extranjero?

Las personas que tengan residencia permanente en el exterior registrada en su documento, y que también esté incorporada en el Registro de Electores Residentes en el Exterior que confecciona la Cámara Nacional Electoral, pueden participar de las próximas elecciones nacionales, pero no de las PASO.

Si bien estar a más de 500 kilómetros del lugar donde debe emitir el voto les permite a los ciudadanos no participar de forma obligatoria de las elecciones, los argentinos residentes en el exterior que no lo tengan registrado en su documento y no participen de las elecciones deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral.

Para consultar la mesa en la que están habilitadas a votar, las personas deberán verificarlo en el padrón electoral, ingresando en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en la sección Embajadas y Consulados.

¿Cómo votar estando en el extranjero?¿Cómo votar estando en el extranjero?«El voto se asigna al último distrito de residencia en Argentina acreditado y si no lo tiene, el lugar del país donde nació. Votan únicamente en embajadas o sedes consulares habilitadas», detalla el portal.

Además, agrega que «la autoridad de mesa le entrega al elector una boleta oficial de sufragio correspondiente al distrito de adjudicación del voto firmada en el acto de su puño y letra».

«Luego pasa al cuarto oscuro donde debe marcar en la boleta, el espacio correspondiente al partido de su preferencia para finalmente doblar la boleta, cerrarla y así introducirlo en la urna», indica.

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