31 mayo, 2026

Uscis actualiza normas sobre ajuste de estatus para migrantes con asilo o TPS

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos recordó que el Estatus de Protección Temporal no constituye un camino hacia la residencia permanente, mientras que los asilados podrían mantener la posibilidad de ajuste interno bajo ciertas condiciones.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) emitió un memorando el viernes 22 de mayo que modifica las reglas para el ajuste de estatus de migrantes que buscan obtener la green card. La normativa establece que, en general, los solicitantes deberán completar el proceso fuera del país, con excepciones para casos considerados de “circunstancias extraordinarias”.

A través de un mensaje en redes sociales, el Uscis recordó que el Estatus de Protección Temporal (TPS) “es temporal” y no constituye un camino hacia la residencia permanente. Sin embargo, el TPS funciona como protección contra la deportación mientras el migrante tramita la green card por otras vías, como vínculos con ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.

El memorando no especifica qué sucederá con quienes ya tienen una petición en curso. La abogada de inmigración en Nueva York Rosanna Berardi declaró a ABC News que el cambio afectaría a cualquier ciudadano extranjero con una solicitud de tarjeta de residencia pendiente presentada en Estados Unidos. “Los afganos que ayudaron a las fuerzas estadounidenses y los ucranianos que huyen de la guerra se enfrentan a una trampa específica: el memorando considera su decisión de solicitar la residencia permanente dentro de EE.UU. como un factor adverso, porque su admisión fue temporal”, afirmó.

Por su parte, el abogado de inmigración Todd Pomerleau sostuvo que la Ley de Inmigración y Nacionalidad permite a los extranjeros admitidos legalmente realizar el ajuste dentro del país. “Creo que la medida es ilegal y que los tribunales lo desestimarán muy pronto”, declaró.

El documento oficial no enumera casos específicos que la agencia consideraría como extraordinarios, pero sugiere que podrían quedar exentos quienes posean visas de “doble intención” (como la H-1B para trabajadores altamente calificados), refugiados y asilados. El portavoz del Uscis, Zack Kahler, señaló que la excepción también aplicaría para personas que aporten un “beneficio económico” o sirvan al “interés nacional”.

Los solicitantes considerados inelegibles para ajustar su estatus bajo la Sección 245(a) incluyen: tripulantes extranjeros; migrantes que hayan trabajado sin autorización antes de solicitar el ajuste o que estén en estatus migratorio irregular el día de la solicitud; quienes no hayan mantenido continuamente un estatus legal desde su entrada a Estados Unidos; extranjeros admitidos en tránsito sin visa; y personas que hayan violado los términos de una visa de no inmigrante.

Para ser elegible bajo la Sección 245(a), un solicitante debe cumplir tres condiciones: haber sido inspeccionado y admitido, o haber recibido parole migratorio en Estados Unidos, o ser autopeticionario bajo VAWA (Violencia contra las Mujeres) con una petición aprobada; hacer una solicitud formal de ajuste de estatus; y ser elegible para una visa de inmigrante, ser admisible en Estados Unidos y contar con una visa disponible de inmediato al momento de presentar la solicitud.

Los expertos recomiendan a los solicitantes revisar su caso individual con asesoría legal especializada antes de viajar o tomar decisiones que puedan afectar su estatus.

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